jueves, 21 de mayo de 2009

PuebloIndio] Intervencion del CISA en Foro Permanente

Organización de las Naciones Unidas8va sesión del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas.
Agenda de participación: Derechos humanosGracias Señora presidenta.Soy representante del Pueblo Aymara Lupaqa ubicada en el altiplano peruano, Puno. Me dirijo a todos y todas las participantes del foro, a nombre del Consejo Indio de Sudamérica / CISA del que soy coordinador generalEl CISA fiel a su compromiso inicial adoptada en OLLAYTAMBO, en cuzco Perú en 1980, entre otros, es férrea defensa de los derechos humanos y la libertades fundamentales de los pueblos indios hasta su verdadera liberación, y no una liberación de España del pasado a cambio de grandes conseciones de los que usurparon las propiedades de los pueblos indios. En el caso peruano la rendición de España significo reconocer todas las deudas de los invasores, vender libremente las tierras usurpadas y los otros tesoros para trasladar sus riquezas hacia España. Es decir vender todo lo robado para volver de donde vinieron.En esta oportunidad, el CISA, desea adherirse a la intervención de las dos congresistas indígenas de la republica del Perú que intervinieron hace dos dias, expresando su objeción al Gobierno del Perú, en el sentido de que considera a los pueblos indígenas del Perú como aquellas que obstruyen al Desarrollo Nacional, solo por el hecho de oponerse a las políticas discrimitorias a los pueblos indígenas, entre otros la firma de TLC con los EEUU.En la actualidad el gobierno peruano, no solo ha dictado leyes contra los pueblos indígenas amazónicos sino también contra el área andina, desde Cajamarca hasta Puno con la concesión de la inmensidad de minas ubicadas en los territorios indígenas que afectan al medio ambiente y en particular contra los pueblos aymaras, quechuas y amazonicos. Además de los ya denunciados por otros connacionales. Un ejemplo de ellos, son el establecimiento de las dos reservas nacionales, como la Reserva Nacional de Titicaca y la Reserva Nacional Aymara Lupaqa en Puno, establecidas como áreas protegidas sin haber obtenido el consentimiento libre, previo e informado, tal como los dispone el Convenio 169 de la OIT, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos Indígenas. Es decir no haber consultado nunca a los pueblos Indígenas para apoderarse libremente como propiedad estatal las mencionadas áreas.Para ello, el gobierno se escuda en el sentido que no esta debidamente establecida en la legislación nacional, aun cuando en el reglamento de áreas protegidas prevé la consulta previa; sin embargo, esta es solo teoría. Este hecho señora presidenta, viola el derecho internacional y el derecho humano y ecológico al escudarse en la Ley nacional para no cumplirla, lo que ellos mismos se han comprometido a cumplirla, como es el convenio 169 y las Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas.Por tanto, señora presidenta, el CISA solicita se exhorte al Gobierno peruano a que cumpla con obtener el consentimiento libre, previo e informado como los dispone el derecho internacional. Toda vez que, de conformidad a lo establecido en el articulo 27 de convención de Viena sobre el derecho de los tratados ningún estado --- puede escudarse en su Ley interna, bajo el pretexto de que no esta reglamentada en la Ley nacional. Es decir ignorar. Por tanto el argumento referido no tiene sustento jurídicoFinalmente, al estar en el segundo decenio los pueblos indígenas, del que son parte todos los gobiernos, se recomiende a que las cumplan fielmente por los mecanismos existentes, el cumplimiento de cinco objetivos del programa de acción del segundo decenio.Muchas gracias señora presidenta.Nueva York – EEUU, 21 de mayo de 2009Fortunato EscobarCoordinador General del Consejo Indio de Sudamérica.

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